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ADMISIÓN E INSCRIPCIÓN 

Para inscribirse como estudiante del doctorado el interesado deberá presentar ante cada Universidad la solicitud correspondiente, acompañada de la siguiente documentación:

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a). Copia autenticada de títulos universitarios argentinos y/o certificaciones legalizadas de instituciones extranjeras que acredite estudios de nivel universitario de por lo menos 4 (cuatro) años. Título de grado de carreras afines tales como: Ingeniería en Alimentos, Ingeniería Química, Ingeniería en Agroindustrias, Ingeniería Agronómica, Bioquímica, Farmacia, Licenciatura en Química, Licenciatura en Bromatología,   Licenciatura en Ciencias Biológicas, Licenciatura en Nutrición, Licenciatura en Ciencia y/o Tecnología de Alimentos, Licenciatura en Biotecnología y carreras de grado relacionadas con Ciencia y Tecnología de Alimentos.

 

b). Curriculum Vitae haciendo constar:

  • Datos personales

  • Estudios cursados y títulos obtenidos

  • Idiomas y habilidades informáticas

  • Antecedentes académicos y/o profesionales,

  • Participación en Congresos, Simposios, Seminarios, etc.

  • Lista de publicaciones

  • Otros antecedentes relevantes

 

c). El tema de Tesis, el Plan de Trabajo y el Director de Tesis y Director Asociado o Codirector cuando corresponda, indicando la orientación en la que se desempeñará, el aval institucional o inter-institucional donde se realizará el trabajo Tesis y el financiamiento para realizar la misma.

 

d). Toda otra documentación exigida en la Universidad donde se presente.

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Cada Universidad elevará estos antecedentes al Comité Académico Regional para su estudio y verificación de los aspectos específicos establecidos en el Art, 3. Cuando el CAR considere que el postulante ha cumplimentado dichos requisitos, elevará a la Universidad la propuesta definitiva de aceptación del postulante como doctorando.

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DERECHOS DE INSCRIPCIÓN Y PERMANENCIA

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Los alumnos del doctorado deberán abonar derecho de inscripción y permanencia en la carrera. Los montos y forma de pago se regirán por las normas propias de cada Universidad. Estarán destinados a gastos de funcionamiento de la carrera. El CAR fijará los costos de inscripción de Cursos, Seminarios y otras actividades relacionadas, a. propuesta de los responsables de dichas actividades

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Categoría "A" Resolución CONEAU 1189/12

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